La sala penal del Superior Tribunal de Justicia rechazó la impugnación del cura Héctor Alfredo Coñuel por graves hechos de abuso sexual, dejando firme la condena que ya había sido ratificada por dos sentencias previamente. Los 20 años en prisión continúan firmes.
Fue un largo proceso para finalmente darle lugar a lo investigado por el Ministerio Público Fiscal, que en la oportunidad estuvo representado por la fiscal general jefa Silvia Pereira y el funcionario de fiscalía Rubén Kholer, en tanto el recurso ante el Superior Tribunal había sido interpuesto por los defensores Martín Castro y Rodrigo Miquelarena.
Para los integrantes de la sala penal del Superior Tribunal de Justicia (STJ), Camila Banfi, Ricardo Napolitani y Daniel Báez-, los agravios del recurso son una repetición de los que la parte ya había formulado ante la cámara en lo penal de Trelew, y a los que, en su oportunidad, ese tribunal ya había dado “adecuada respuesta”. Satisfecho el doble conforme, la impugnación no cumple en explicar, más allá de una crítica superficial, por qué la instancia anterior habría incurrido en la arbitrariedad que invoca. Tampoco se advierte tal defecto en la sentencia apelada.
Respecto de la indeterminación temporal de los hechos atribuidos, que para la parte impugnante habría generado la nulidad de la acusación, coinciden los miembros de la sala en lo Penal en que el relato del joven víctima había brindado las precisiones suficientes para satisfacer el derecho de defensa. En estas condiciones, el lapso temporal mencionado en la acusación, así como los detalles de las circunstancias de modo y lugar en que ocurrieron los hechos, garantizaron de manera razonable el derecho de defensa del imputado.
EL RELATO DE LA VICTIMA
Las sentencias, ahora confirmada, refieren a la declaración de autoría en cabeza de Héctor Coñuel y pena impuesta de veinte años de prisión de efectivo cumplimiento, por los hechos en los que se lo acusara y fuera condenado, delitos de abuso sexual simple cometido por un abuso intimidatorio de una relación de poder y aprovechándose de que la víctima no pudo consentir libremente la acción, un hecho, abuso sexual con acceso carnal cometidos por un abuso intimidatorio de una relación de poder y aprovechándose que la víctima no pudo consentir la acción, cuatro hechos, todo ello en concurso real, agravado por haber sido cometido por un ministro de culto reconocido.
Los hechos ocurrieron en fecha posterior al 13 de mayo de 2011 y con anterioridad a fines del año 2014, en la ciudad de Trelew.